Artículo 21. Seguimiento en la estrategia para la mejora de la ejecución y calidad del gasto público. Todos los funcionarios y empleados públicos. en especial las autoridades de las instituciones, tienen la obligación de promover y velar que las acciones del Estado sean eficaces, eficientes y equitativas, continuar con el Iogro de los resultados establecidos, considerando la razón de ser de los programas presupuestarios, y focalizar et gasto en beneficio de la población más necesitada.
Las autoridades de las instituciones deberán publicar en sus portales web a más tardar el ultimo día hábil de marzo del ejercicio fiscal vigente, una estrategia de trabajo que contenga, como mínimo: