Seguimiento en la estrategia para la mejora de la ejecución y calidad del gasto público

Artículo 21. Seguimiento en la estrategia para la mejora de la ejecución y calidad del gasto público. Todos los funcionarios y empleados públicos. en especial las autoridades de las instituciones, tienen la obligación de promover y velar que las acciones del Estado sean eficaces, eficientes y equitativas, continuar con el Iogro de los resultados establecidos, considerando la razón de ser de los programas presupuestarios, y focalizar et gasto en beneficio de la población más necesitada.

Las autoridades de las instituciones deberán publicar en sus portales web a más tardar el ultimo día hábil de marzo del ejercicio fiscal vigente, una estrategia de trabajo que contenga, como mínimo:

 

Inciso A

EI plan de implementación de los programas y proyectos prioritarios para el logro de los resultados.

Inciso B

Propuesta de medidas de transparencia y eliminación del gasto superfluo, conforme a principios de austeridad y responsabilidad fiscal.

Inciso C

La rendición de cuentas de la gestión institucional de libre acceso a la ciudadana.