Artículo 21. Seguimiento en la estrategia para la mejora de la ejecución y calidad del gasto público. Todos los funcionarios y empleados públicos, en especial las autoridades de las instituciones, tienen la obligación de promover y velar que las acciones del Estado sean eficaces y equitativas, continuar con el logro de los resultados establecidos, considerando la razón de ser de los programas presupuestarios y focalizar el gasto en beneficio de la población más necesitada.

Las autoridades de las instituciones deberán publicar en sus portales web a más tardar el último día hábil de marzo del ejercicio fiscal vigente, una estrategia de trabajo que contenga, como mínimo:

Inciso A

El plan de implementación de los programas y proyectos prioritarios para el logro de los resultados.

Plan Operativo Anual -POA- 2024
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Inciso B

Propuesta de medidas de transparencia y eliminación del gasto superfluo, conforme a prioritarios para el logro de los resultados.

Inciso C